‎A dos décadas de su promulgación, la Ley de los Consejos Comunales reafirma el protagonismo del Pueblo

‎(Venezuela, 09 de abril de 2026 / Prensa Mincomunas).– “Respetuosamente me dirijo a usted en la oportunidad de remitirle un ejemplar de la Ley de los Consejos Comunales, sancionada por la Asamblea Nacional en sesión del día de hoy… reiterándole mis sentimientos de alta estima y consideración. Nicolás Maduro Moros”. Con estas palabras quedó formalizada la remisión del instrumento legal aprobado por la Asamblea Nacional al Ejecutivo, liderado por el Comandante Hugo Chávez, para su promulgación; un hecho histórico que marcó el inicio de una nueva etapa en la organización del Poder Popular en Venezuela.

‎‎Desde el Campo de Carabobo, durante el programa Aló Presidente N° 252, el Comandante Chávez promulgó la Ley de los Consejos Comunales, aprobada dos días antes, el 07 de abril de 2006, por la Asamblea Nacional presidida entonces por el hoy presidente constitucional Nicolás Maduro Moros. Este acto consolidó uno de los instrumentos jurídicos más importantes para la construcción de la Democracia Participativa y Protagónica de la Nación.‎‎

A 20 años de este hito, la Ley de los Consejos Comunales se mantiene como la base fundamental del modelo político Bolivariano, al establecer las estructuras organizativas que permiten al Pueblo ejercer directamente el poder en sus territorios.‎

‎Ley para la construcción del Poder Popular

Durante su intervención, el Comandante Chávez calificó esta normativa como una “ley fundamental”, al considerar que sienta las bases para un nuevo modelo de democracia basado en la participación directa. El objeto de esta ley es crear, desarrollar y regular la organización, funcionamiento e integración de estas instancias, permitiendo la formulación, ejecución, control y evaluación de políticas públicas desde las comunidades.‎‎

En este sentido, los Consejos Comunales son instancias de articulación entre Ciudadanas, Ciudadanos, organizaciones sociales y comunidades organizadas, a través de las cuales el pueblo puede gestionar directamente proyectos orientados a satisfacer sus necesidades y aspiraciones, en función de la equidad y la justicia social.

‎Del modelo representativo a la Democracia Participativa y Protagónica

‎”Para darle vida a esta ley que hoy desde aquí mismo promulgaremos para acelerar la construcción de la Democracia Participativa, la democracia Bolivariana, la que soñó Bolívar en este mismo campo hace ya 185 años”, destacó Chávez aquel 9 de abril de 2006.

‎‎Uno de los elementos centrales de esta ley es su papel en la transformación del sistema político venezolano, superando la democracia representativa tradicional para avanzar hacia una Democracia Participativa y Protagónica, donde el poder constituyente es ejercido directamente por el pueblo. El marco legal establece principios de corresponsabilidad, cooperación, transparencia y control social, garantizando una gestión pública bajo vigilancia directa de la comunidad. De esta manera, los Consejos Comunales se convierten en espacios donde el Poder Popular es el sujeto activo en la toma de decisiones dentro de su propio territorio.

‎Organización y funciones del Gobierno Comunitario

La Ley define a la comunidad como el núcleo esencial de organización, siendo la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas la máxima instancia de decisión. Asimismo, establece mecanismos organizativos que permiten diagnosticar potencialidades, administrar recursos públicos asignados y ejercer control social; esto convierte a los Consejos Comunales en una instancia de gobierno comunitario con capacidad de incidencia real en el desarrollo local.‎‎

Chávez vinculó la creación de estas instancias con la necesidad de construir una sociedad basada en la igualdad: “Ante la desigualdad natural de los seres humanos debe venir el estado, es decir deben venir las leyes… para lograr una igualdad política, una igualdad social”, sentenció el Comandante al justificar este marco legal. La aprobación de esta ley fue resultado de un amplio proceso de debate: “El jueves hasta la 1:00 de la mañana, me llamó Nicolás Maduro a esa hora para darme la buena nueva: Presidente, aprobamos la Ley de los Consejos Comunales”, relató Chávez.

Vigencia y proyección del Estado Comunal

Dos décadas después, esta ley continúa siendo un instrumento clave para la construcción del Estado Comunal, permitiendo que las comunidades organizadas transformen sus realidades. Su vigencia se refleja en los más de 49 mil Consejos Comunales desplegados en toda la Geografía Nacional, que avanzan en la planificación y el fortalecimiento del tejido social, consolidando un modelo donde el poder nace y se ejerce desde las bases.

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