Banco de la Comuna: Corazón financiero de la soberanía popular

(Venezuela, 15 de marzo de 2026 / Trabajo Especial MinComunas).– En estricto cumplimiento a las instrucciones del presidente constitucional, Nicolás Maduro Moros, la presidenta encargada de la República, Delcy Rodríguez, da continuidad a las políticas de empoderamiento financiero para que las Comunas de todo el territorio nacional avancen en la consolidación de 4.000 Bancos de la Comuna. Esta acción estratégica busca fortalecer la Economía Comunal y garantizar el financiamiento directo de los proyectos aprobados por el Pueblo Organizado en las Consultas Populares Nacionales.

Esta ruta de trabajo permite apalancar lo planteado por el jefe de Estado en febrero de 2025, cuando solicitó la creación de un fondo de 10 millones de dólares para potenciar los Bancos de la Comuna con ese capital semilla rotatorio. Bajo la conducción de la presidenta encargada, se agiliza la entrega de estos recursos para permitir el crecimiento del capital y el financiamiento de la mayor cantidad posible de proyectos socioproductivos en los territorios.

Cada Comuna debe contar con su Banco de la Comuna activo como herramienta de soberanía para financiar la producción local y el comercio territorial.

¿Qué es el Banco de la Comuna?

Según la Ley Orgánica de las Comunas, el Banco de la Comuna es la organización económica-financiera que administra y transfiere los recursos financieros y no financieros de ámbito Comunal. Su función es impulsar las políticas económicas con la participación protagónica del pueblo, bajo un enfoque de construcción del modelo productivo socialista.

Esta instancia debe estar conformada por al menos 11 Voceras y Voceros de las Unidades Administrativas y Financieras de los Consejos Comunales, cuyas Vocerías deben estar debidamente vigentes para su registro.

¿Cuál es la potestad y el alcance de este corazón financiero?

Para consolidar la Economía Comunal, el Banco de la Comuna ejerce funciones determinantes que lo convierten en el motor del desarrollo territorial:

– Captar Recursos financieros: Funciona como el receptor de los fondos destinados al crecimiento de la Comuna.

– Otorgar Créditos sociales: Tiene la capacidad de financiar proyectos socioproductivos que hayan sido priorizados en la Agenda Concreta de Acción (ACA) de la Comuna, garantizando que el recurso llegue directamente a la necesidad real del territorio.

– Resguardar el valor de los recursos Comunales: Protege el patrimonio del Pueblo Organizado utilizando mecanismos soberanos como la moneda comunal, fomentando el intercambio solidario y combatiendo la especulación.

¿Cuáles son las funciones del Banco de la Comuna?

El Banco de la Comuna debe cumplir con las siguientes funciones operativas para garantizar su eficiencia:

1. Registrar y administrar los bienes de la Comuna.

2. Financiar y transferir recursos a proyectos del Plan de la Patria Comunal.

3. Promover el ahorro y la inversión en el territorio.

4. Apoyar el intercambio solidario y el uso de la moneda comunal.

¿Cómo se activa el Banco de la Comuna?

Como lo instruyó el presidente Nicolás Maduro Moros, en el año 2026 se deben activar un total de 4.000 Bancos de la Comuna en todo el territorio nacional. Atendiendo a la reciente reforma de la Ley Orgánica de las Comunas, se han definido las nuevas directrices para su instalación formal.

Guía paso a paso para la instalación del Banco de la Comuna

A diferencia de los procesos anteriores, la normativa actual —específicamente en su Artículo 23— establece que la conformación de esta instancia no nace de una asamblea abierta de ciudadanos, sino de una Sesión de Instalación de Voceros y Voceras debidamente convocada y conducida por la Comisión Electoral Comunal.

A continuación, presentamos la guía técnica para que los Consejos Comunales ejecuten este proceso con éxito:

1. Convocatoria y Quórum Reglamentario


La Comisión Electoral Comunal es la autoridad responsable de convocar a la sesión. Para que la instalación sea válida, se requiere la presencia de las dos terceras partes de los Voceros de los Consejos Comunales que integran la Comuna.

2. Composición de la Asamblea de Instalación


La sesión está integrada por los Voceros de todas las Unidades Administrativas de cada Consejo Comunal. Para que la deliberación tenga validez legal, deben participar las 2/3 partes de dichos miembros.

Ejemplo: Si la Comuna agrupa 10 Consejos Comunales y cada unidad administrativa tiene 7 miembros, el universo total es de 70 personas. Por lo tanto, deben estar presentes al menos 47 Voceros administrativos para poder deliberar y que la sesión sea legítima.

3. Validación Legal y Registro


Es importante destacar que la Ley Orgánica de las Comunas no establece una lista de documentos físicos específicos para este proceso. La validación legal de los participantes reside en el registro oficial que el Ministerio del Poder Popular para las Comunas, Movimientos Sociales y Agricultura Urbana posee en su data.

A través de la oficina de registro, el ente rector certifica que los Consejos Comunales que participan en la Sesión de Instalación pertenecen efectivamente a la Carta Fundacional de la Comuna. Por tanto, el aval de cada Vocero de la Unidad Administrativa es su propio registro vigente ante el Ministerio, lo que simplifica el proceso y garantiza la transparencia institucional.

4. Elección de las tres unidades del Banco de la Comuna


El Banco de la Comuna se estructura con 11 integrantes distribuidos de la siguiente manera:

– Unidad de Coordinación Administrativa:Integrada por 3 Voceras o Voceros “firmantes”. Los Voceros de las unidades administrativas presentes se ponen de acuerdo para seleccionar a las 3 personas que asumirán la responsabilidad de administrar los recursos.

– Comité de Aprobación:-  Lo integran 5 miembros elegidos entre los Voceros administrativos presentes. Evalúan los proyectos socioproductivos previa aprobación de la Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos.

– Comité de Seguimiento y Control: Estará integrado por 3 miembros sin vínculos de consanguinidad. Su procedencia es diversa: un Vocero o Vocera de los Consejos Comunales, un representante de las Organizaciones Socioproductivas y un designado por el Parlamento Comunal.

5. Dirección del Proceso
La Comisión Electoral Comunal dirige el debate y certifica las elecciones. Durante esta misma sesión, además del Banco de la Comuna, se deben dejar instaladas las demás instancias de gobierno (Parlamento, Consejo Ejecutivo, Consejo de Contraloría, Consejo de Justicia de Paz y las seis comisiones de trabajo).

El Banco de la Comuna es la herramienta fundamental para el ejercicio de la soberanía financiera. El Gobierno Bolivariano continúa impulsando esta expansión, entendiendo que sólo a través del empoderamiento financiero de las bases se garantiza la recuperación económica territorial y el avance de las 7 Grandes Transformaciones.

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